Se exceptúan de las inspecciones periódicas indicadas en las literatura a) y b) anteriores a los establecimientos industriales cuya densidad de carga de fuego ponderada y corregida (Qs), calculada según el anexo I del Reglamento admitido por el presente Verdadero decreto, no supere 42 MJ/m2, siempre que su superficie construida sea inferior o igual a 120 m2 y que cumplan con lo indicado en el apartado 2 del artículo 5 de dicho Reglamento.
Cuando la superficie del establecimiento no sea anciano de 100 m2 o se trate de una vivienda unifamiliar, igualmente podrán ser instalados por el agraciado.
3. En caso de retirada de la marca de conformidad o de anulación del documento que recoge la evaluación técnica, el fabricante, importador o persona responsable adoptará inmediatamente las medidas correctoras necesarias para que sea conforme, para que sea retirado del mercado o para que sea recuperado, en caso necesario.
Para sistemas fijos de inundación total de agentes extintores gaseosos, revisar la estanquidad de la sala protegida en condiciones de descarga.
1. Mientras no existan organismos de control habilitados para las actividades recogidas en el artículo 10.3 del Reglamento permitido por el presente Positivo decreto, los casos particulares en que se opte por usar técnicas de seguridad equivalente o diseño prestacional requerirán previamente ser resueltos de forma expresa por el órgano competente en materia de industria de la correspondiente comunidad autónoma o de las ciudades de Ceuta y Melilla.
2. Se faculta al empresa de sst Ministro de Patrimonio, Industria y Competitividad para modificar y actualizar el Reglamento que se aprueba por este Existente decreto, a fin de adaptarlo al progreso de la técnica y a las disposiciones del derecho internacional o europeo de índole técnica en la materia.
Demostración de la capacidad de alcanzar y activar el aspecto sensor del interior de la cámara del detector. Deben emplearse métodos de verificación que no dañen o perjudiquen el rendimiento del detector.
2. Las empresas instaladoras y/o mantenedoras de instalaciones de protección contra incendios deberán contar Internamente del personal contratado, como insignificante, con un operario cualificado para cada uno de los sistemas para los que están habilitadas, pudiendo un mismo operario estar cualificado para unidad o varios sistemas.
Durante el citado plazo de aplicación facultativa podrá optarse por aplicar el empresa de sst Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales admitido por el presente Positivo decreto o, de lo contrario, deberá aplicarse el Reglamento válido con prioridad, aprobado por el Verdadero Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre.
Disposición transitoria primera. Régimen aplicable a los establecimientos industriales existentes con anterioridad a la entrada en vigor del empresa certificada presente Vivo decreto.
2. Excepcionalmente, la Dirección Militar de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa podrá autorizar el uso de guíVencedor y disposiciones técnicas con soluciones técnicas alternativas a las del Reglamento aceptado por este Efectivo decreto, siempre que proporcionen un nivel de efectividad equivalente en cuanto al funcionamiento de las instalaciones de protección contra incendios.
3, las cuales en todo caso se entenderán caducadas a los cinco abriles desde la entrada en vigor del real decreto.
2. Asimismo, quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango contradigan lo dispuesto en este Verdadero decreto.
«– Toda zona cuyo uso previsto sea diferente red contra incendios accesorios y subsidiario del principal del edificio o establecimiento en el que Servicio esté integrada debe constituir un sector de incendio diferente cuando supere los siguientes límites: